Afiliados y prestaciones

Son afiliados obligatorios del Ente, los profesionales que estén matriculados y/o asociados en Entidades fundadoras y tengan domicilio real en la Provincia de Chubut. También son afiliados obligatorios los jubilados de las profesiones que concurren a la fundación de la Caja.

Quedan exceptuados de la afiliación obligatoria los profesionales que estén en relación de dependencia, sin ejercer libremente la profesión, debiendo optar por su exclusión manifestando fehacientemente su voluntad.

La falta de opción hará presumir, sin admitir prueba en contrario su incorporación efectiva.

APORTANTE TOTAL: es quien lleva adelante su profesión únicamente en forma independiente.
APORTE REDUCIDO: El Afiliado, podrá optar por efectuar el Aporte Reducido (50 % del valor establecido), en virtud de las siguientes situaciones:
 + Relación de dependencia: Es quien además de ejercer la profesión en forma independiente, la complementa con un trabajo en relación de dependencia,       en  virtud del cual, se encuentra efectuando aportes al SIPA, de acuerdo al Régimen correspondiente a los Empleados en Relación de Dependencia.

+Monotributo, menor de diez años de graduado: Quien efectúe su labor de forma independiente y se encuentre encuadrado en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo) y además tenga una antigüedad de graduación inferior a los 10 (diez) años, podrá optar por la reducción de su aporte al 50%.

  +Exclusión por jubilación: Los profesionales obligados en virtud de su condición, pero que al 01/10/2006 se encontraban jubilados por cualquier otro Régimen, quedan excluidos de la obligación de aportar al Régimen.

+Exclusión por relacion de dependencia: Los profesionales obligados, que solamente lleven a cabo su labor en relación de dependencia, quedarán exceptuados de efectuar el aporte a la caja, en virtud de que efectúan sus aportes al Régimen correspondiente en virtud de su relación laboral. La calidad de afiliado al Ente implica las siguientes obligaciones:

a) Abonar las sumas que determine este Estatuto y el Reglamento Interno, para acceder a las prestaciones que éste otorga.

b) Suministrar toda información que se le requiera, relacionada con los fines del Ente.

c) Informar de acuerdo a lo que establezca la reglamentación interna todo cambio de estado o de situación que genere modificaciones en relación con las prestaciones que se otorgan; como así cualquier hecho que signifique transgresión al Estatuto, al Reglamento Interno y a toda norma dictada como consecuencia de aquella, siendo de exclusiva responsabilidad de los afiliados los perjuicios ocasionados por la omisión de la información o la inexactitud de los datos que se suministren.

d) En general, dar cumplimiento en tiempo y forma a las obligaciones emergentes del presente estatuto y a las normas dictadas en su consecuencia.

e) Declarar el domicilio real.

El Ente otorgará los siguientes Beneficios Previsionales:
a) Jubilación ordinaria,
b) Jubilación por edad avanzada,
c) Jubilación extraordinaria, por invalidez,
d) Pensión por muerte del afiliado en actividad,
e) Pensión por muerte del afiliado jubilado.

Adicionalmente, podrá brindar Beneficios Complementarios. Los mismos deberán ser propuestos por el Consejo de administración y aprobados por Asamblea. En todos los casos la asignación de las prestaciones procederá a solicitud del o de los propios interesados.
a) La Jubilación ordinaria es voluntaria y se acordará a pedido del afiliado que acredite una edad mínima de sesenta y cinco (65) años y un mínimo de treinta (30) años de servicios con aportes previsionales. Por cada dos (2) años de edad que excedan del límite fijado para la jubilación ordinaria se reconocerá un (1) año adicional para el cómputo de servicios. Este beneficio se aplicará cualquiera sea el lapso de exceso de la edad.
b) La jubilación por edad avanzada es voluntaria y se acordará a pedido del afiliado que acredite una edad mínima de setenta (70) años y un mínimo de diez (10) años de aportes previsionales inmediatos anteriores al de la solicitud del beneficio o que acredite una edad mínima de setenta y cinco (75) años con un mínimo de 5 años de aportes previsionales de los cuales, para ambos casos, por lo menos 3 deberán estar realizados a este régimen.
c) Corresponderá conceder jubilación extraordinaria por invalidez al afiliado, que:

1) quede incapacitado física o intelectualmente, en forma absoluta y permanente para ejercer la profesión, con posterioridad a la fecha de afiliación a este Ente previsional,

2) no registre mora en el pago de los aportes mayor a dos (2) meses, y

3) no reúna los requisitos para jubilación ordinaria. El goce de la jubilación por invalidez es incompatible con el desarrollo profesional, por lo tanto el afiliado que opte por la percepción del mencionado beneficio deberá dar de baja su matrícula.

d) Si se produce el fallecimiento del profesional activo o jubilado, o la declaración judicial de su fallecimiento presunto, y éste no cuenta con una mora en el pago de los aportes de más de dos (2) meses, corresponderá conceder el beneficio de pensión por fallecimiento a los siguientes derechohabientes:

1) La viuda o el viudo.

2) Los hijos y las hijas solteros, las hijas viudas, todos menores de dieciocho (18) años de edad y a cargo del causante a la fecha de su deceso. La precedente enumeración es taxativa. A los fines de lo dispuesto en este artículo, el Ente está facultado para decidir acerca de la validez y efectos jurídicos de los actos del estado civil invocados por los beneficiarios.

e) Si se produce el fallecimiento del profesional activo o jubilado, o la declaración judicial de su fallecimiento presunto, y éste no cuenta con una mora en el pago de los aportes de más de dos (2) meses, corresponderá conceder el beneficio de pensión por fallecimiento a los siguientes derechohabientes: 1) La viuda o el viudo. 2 Los hijos y las hijas solteros, las hijas viudas, todos menores de dieciocho (18) años de edad y a cargo del causante a la fecha de su deceso. La precedente enumeración es taxativa. A los fines de lo dispuesto en este artículo, el Ente está facultado para decidir acerca de la validez y efectos jurídicos de los actos del estado civil invocados por los beneficiarios.

» Documentación:

1. Ficha de Datos de Registro - Formulario N° 1 (.pdf) Documentación
2. Declaración Jurada de Salud - Seguro (.pdf) Documentación
3. Ficha de Datos de Afiliado (.pdf) Documentación
4. Ficha Datos Laborales Previsionales
5. Fotocopia del Título
6. Fotocopia del DNI - LC - LE
7. Fotocopia Inscripción Matrícula

» Opciones de aporte:

1. Ficha de Datos de Registro - Formulario N° 1 (.pdf) Documentación
2. Declaración Jurada de Salud - Seguro (.pdf) Documentación
3. Ficha de Datos de Afiliado (.pdf) Documentación
4. Solicitud de Reducción de Aportes - Formulario N° 2 (.pdf) Documentación
5. Aporte Reducido Relación de Dep/Monotributo - Formulario N° 3 (.pdf) Documentación
6. Ficha Datos Laborales Previsionales
7. Nota solicitud de Reducción de Aporte
8. Certificado de Trabajo
9. Fotocopia del Título
10. Fotocopia del DNI - LC - LE
11. Fotocopia Inscripción Matrícula
12. Fotocopia de los últimos tres recibos de sueldos
1. Ficha de Datos de Registro - Formulario N° 1 (.pdf) Documentación
2. Declaración Jurada de Salud - Seguro (.pdf) Documentación
3. Ficha de Datos de Afiliado (.pdf) Documentación
4. Solicitud de Reducción de Aportes - Formulario N° 2 (.pdf) Documentación
5. Aporte Reducido Relación de Dep/Monotributo - Formulario N° 3 (.pdf) Documentación
6. Ficha Datos Laborales Previsionales
7. Nota solicitud de Reducción de Aporte
8. Constancia de opción al monotributo vigente
9. Fotocopia del Título
10. Fotocopia del DNI - LC - LE
11. Fotocopia Inscripción Matrícula
1. Ficha de Datos de Registro - Formulario N° 1 (.pdf) Documentación
2. Declaración Jurada de Salud - Seguro (.pdf) Documentación
3. Ficha de Datos de Afiliado (.pdf) Documentación
4. Ficha Datos Laborales Previsionales
5. Nota Solicitud de exclusión
6. Certificado de trabajo con firma certificada del empleador
7. Fotocopia del Título
8. Fotocopia del DNI - LC - LE
9. Fotocopia Inscripción Matrícula

» Documentación complementaria:

  • CONTADORES: En caso de solicitar Exclusión presentar DDJJ del CPCECH
  • ESCRIBANOS: Matrícula – Acta de adscripción o registro
  • Matriculados con domicilio fuera de la provincia: Formulario 1 – Nota de Exclusión – Fotocopia de DNI

Horario

Lunes a viernes de 8:00 a 14:00
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Dirección

Pje Garzón N°30- Rawson, Chubut
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